Documentación

Documentacion para EGRESAR del Pais

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DOCUMENTACIÓN PARA EGRESAR DEL PAIS.

 

1. ARGENTINOS CON DESTINO PAÍSES MIEMBROS o ASOCIADOS DEL MERCOSUR: (Uruguay; Paraguay; Brasil; Chile; Bolivia; Ecuador; Venezuela; Colombia; Perú)


DOCUMENTOS VÁLIDOS DE VIAJE:

Deberá presentar alguno de los siguientes documentos:

- Documento Nacional de Identidad, (*)
- Cédula de Identidad
- Pasaporte Vigente.

De acuerdo con lo solicitado por la Gerencia de Aeropuertos - Documentación de   Pasajeros  y  según  lo  establecido  por  la  Dirección  Nacional  de Migraciones,  se  cumple  en  informar que a partir del 15 de Marzo de 2012 pierden  validez  como  documento  de  viaje  los  siguientes documentos de identidad emitidos por la República Argentina:

   Libreta Cívica
   Libreta de Enrolamiento
   Cédula de Identidad emitida por la Policía Federal NO MERCOSUR
   Cédula  de  Identidad MERCOSUR emitida por la Policía Federal, mantendrá
   su vigencia hasta su respectivo vencimiento.

La  resolución  informada entró en rigor a partir del pasado 28 de Junio de 2011 como resultado de la decisión tomada por El Consejo Del Mercado Común, de  acuerdo  con  la  modificación  a  la Decisión MERCOSUR Nº 18/08. Dicha modificación  se expresa en la Decisión Nº 14/11 "Acuerdo Modificatorio del ANEXO  del  Acuerdo  sobre  Documentos  de  Viaje de los Estados Partes del MERCOSUR   y   Estados   Asociados",  aprobada  en  Asunción  en  la  fecha anteriormente citada.

*Observaciones:

a) Cualquiera sea el documento que presente, deberá estar en buen estado de conservación.
b) El menor que cumplió 16 años tiene un plazo de 180 días para el canje de su DNI (Decreto Nº 538/04) extendiéndose durante ese lapso su validéz para egresar del Territorio Nacional.
c) Tanto mayores como menores de edad no podrán viajar con constancias de trámite o de Actualización de DNI o Pasaportes.
d) Tampoco podrán egresar del Territorio Nacional todos aquellos que posean las Cédulas de Identidad MERCOSUR, expedidas por la Policía Federal Argentina vencidas (Ver reverso OBSERVACIONES: VTO__/__/__).
e) Tampoco se podrá salir del país sin la correspondiente ACTUALIZACIÓN practicada en el DNI de los menores comprendidos entre los 5 a 8 años de edad (Ver Pagina 2 “Este documento sin actualización será válido hasta:__/__/__ ).

 


2. ARGENTINOS CON DESTINO PAÍSES EXTRA MERCOSUR: (Resto de los países no citados en el Punto 1)

DOCUMENTOS VÁLIDOS DE VIAJE:

Deberá presentar alguno de los siguientes documentos:

- Pasaporte argentino Vigente (*).
- Pasaportes de Nacionalidad Adquirida con los cuales la República Argentina ha firmado Acuerdos de ese tenor (España-Italia-Noruega-Suecia-Panamá-Colombia-Chile- Ecuador- El Salvador- Estados Unidos hasta el 20/10/1981- Honduras-Nicaragua) acompañado este por el Documento Nacional de Identidad.
(*)Consultar en los Consulados del país que pretenda visitar respecto al requisito de Visa para nacionales argentinos.


 


3. EXTRANJEROS

Con radicación en la República Argentina que quieran viajar con destinos a los países Miembros u Asociados del MERCOSUR: (Uruguay; Paraguay; Brasil; Chile; Bolivia; Ecuador; Venezuela; Colombia; Perú).

DOCUMENTOS VÁLIDOS DE VIAJE:

Deberá presentar alguno de los siguientes documentos:

- Pasaporte de su Nacionalidad Vigente (1).
- Documento Nacional de Identidad expedido por el Registro Nacional de las Personas valido y vigente.
- Cédula de Identidad MERCOSUR, expedida por la Policía Federal Argentina (2).
- Cédula de Identidad, expedida por la Policía Federal Argentina (Formato viejo sin Código de Lectura Mecánica).
- Cédula de Identidad Provincial, expedida por los Gobiernos Provinciales (para Bolivia, Chile y Foz do Iguaçú (según Acuerdo sobre Facilitación Turística).

- En caso de ser tenedor de un Certificado de Residencia PRECARIA vigente, deberá presentarla junto al documento hábil de viaje de su nacionalidad tanto al Egreso como al Ingreso para ser intervenida por la Autoridad de Control.

(1) Consultar en los Consulados del país que pretenda visitar respecto al requisito de Visa para nacionales extranjeros.

(2) Observaciones:

a) Cualquiera sea el documento que presente, deberá estar en buen estado de conservación.
b) El menor que cumplió 16 años tiene un plazo de 180 días para el canje de su DNI (Decreto Nº 538/04) extendiéndose durante ese lapso su validez para egresar del Territorio Nacional.
c) Tanto mayores como menores de edad no podrán viajar con constancias de trámite de DNI o Pasaportes.
d) Tampoco podrán egresar del Territorio Nacional todos aquellos que posean las Cédulas de Identidad MERCOSUR, expedidas por la Policía Federal Argentina vencidas (Ver reverso OBSERVACIONES: VTO__/__/__).
e) Tampoco de podrá salir del país sin la correspondiente ACTUALIZACIÓN practicada en el DNI de los menores comprendidos entre los 5 a 8 años de edad (Ver Pagina 2 “Este documento sin actualización será válido hasta:__/__/__ ).



Con radicación en la República Argentina que quieran viajar con destinos a los países Extra MERCOSUR:

DOCUMENTOS VÁLIDOS DE VIAJE:

Deberá presentar alguno de los siguientes documentos:

- Pasaporte de su Nacionalidad Vigente (1).
(1) Consultar en los Consulados del país que pretenda visitar respecto al requisito de Visa para nacionales extranjeros.

A los fines de demostrar su Residencia en el Territorio Nacional, debe acompañar además:
- Documento Nacional de Identidad expedido por el Registro Nacional de las Personas valido y vigente; o
- Cédula de Identidad MERCOSUR, expedida por la Policía Federal Argentina; o
- Cédula de Identidad, expedida por la Policía Federal Argentina (Formato viejo sin Código de Lectura Mecánica); o
- Cédula de Identidad Provincial, expedida por los Gobiernos Provinciales; o
- Original o Copia Certificada de la Disposición por la cual se le otorgo un tipo de residencia; o
- El Certificado de Residencia PRECARIA vigente; o
- Cualquier otro instrumento legal que acredite su residencia en el país



INSTRUCCIONES PARA EL EGRESO E INGRESO DE MENORES


MENORES DE EDAD (Menor de 18 años para la Legislación Nacional)

Además de los Documentos de Viaje contemplados en los Puntos 1 y 2 que se mencionan en Documentación para Egresar del País, deberán EGRESAR acompañados de la documentación que debajo se detalla:

1. Si viajan solo/s o en compañía de uno de sus padres:

- Permiso/Autorización de Viaje del padre faltante: Si Ud. vive en la Ciudad de Bs. As., dicho permiso lo tramita ante escribano público y lo legaliza ante el Colegio de Escribanos de esta ciudad; si su domicilio es de Provincia, similar trámite u opcionalmente ante la justicia en lo civil del departamento judicial de su zona
- Partida de Nacimiento, o Libreta de Matrimonio; con el fin de demostrar la Filiación (Originales).

2. Si viajan con ambos padres:

- Partida de Nacimiento, Libreta Civil de Matrimonio o Autorización de Viaje; con el fin de demostrar la Filiación (Originales)

RÉGIMEN ACTUAL PARA LA SALIDA DE MENORES AL EXTERIOR.

La Disposición DNM Nº 31.100/05 que modifico a la Resolución DNM Nº 2.895/85, introdujo requisitos especiales en los permisos de los menores de 18 años que viajen solos o acompañados por terceros mayores que no sean sus padres.

CASO A - SI EL MENOR SALE EN COMPAÑÍA DE SUS DOS PADRES
- Documento Válido de Viaje: Ver documentos de Viaje y destinos; y
- Partida de nacimiento del menor o Libreta de Familia donde esté asentado el menor, con el fin de demostrar la Filiación (Originales)

 

CASO B - EL MENOR SALE CON UNO DE SUS PADRES
- Documento Válido de Viaje: Ver documentos de Viaje y destinos; y
- Permiso/Autorización de Viaje del padre faltante: Si usted vive en la Ciudad de Buenos Aires, dicho permiso lo tramita ante escribano público y lo legaliza ante el Colegio de Escribanos de esta ciudad; si su domicilio es de Provincia, similar trámite u opcionalmente ante la justicia en lo civil del departamento judicial de su zona.

 

CASO C – MENOR NO SALE CON SUS PADRES
Es la única operatoria que se modificó en protección de los menores y a efectos de evitar el tráfico de los mismos.

1) MENOR QUE VIAJA SOLO:

- Documento Válido de Viaje: Ver documentos de Viaje y destinos; y

- Permiso/Autorización de Viaje de los padres: Autorización de los padres dada ante autoridad judicial, escribano u otra autoridad pública competente (EN ORIGINALES)con los siguientes requisitos:

0 a 13 años de edad: La autorización de los padres debe contener país de destino y datos de la persona que lo recibirá (nombre, apellido, tipo y número de documento y domicilio)
14 a 17 años: La autorización de los padres debe contener país de destino.

2) MENOR QUE VIAJA ACOMPAÑADO POR UN TERCERO MAYOR DE EDAD, QUE NO SON SUS PADRES:

- Documento Válido de Viaje: Ver documentos de Viaje y destinos; y

- Permiso/Autorización de Viaje de los padres: Autorización de los padres dada ante autoridad judicial, escribano u otra autoridad pública competente (EN ORIGINALES) con los siguientes requisitos:
0 a 17 años: Debe contener país de destino y datos de la persona que lo acompaña (nombre, apellido, tipo y número de documento y domicilio).

 

CASO D- MENOR HIJO DE MENOR

Menores, hijos de menores no emancipados.

Atento al Dictamen Nº 00598 de fecha 10/03/2008, a continuación se detalla el procedimiento a seguir por la autoridad de control y la documentación a requerir en el egreso de menores de edad hijos de menores de edad.


1) Cuando se trate de la salida del país de un menor de edad, cuyos progenitores sean, a su vez menores de edad, será necesario en todos los casos contar con autorización judicial, ello a pesar de luego, haber alcanzado uno de ellos, la mayoría de edad o la emancipación, hasta tanto cese en ambos la incapacidad (todo ello conforme el Art. 264 bis del código civil, que establece la tutela en estos casos de los menores hijos de menores, en concordancia con el Art. 432 del mismo cuerpo normativo).


2) Para la salida del país de un menor de edad, cuando uno solo de sus progenitores sea mayor de edad, y éste sea quien viaje con el menor, se requerirá la autorización judicial, ante la imposibilidad de prestar consentimiento (por su incapacidad), en que se encuentra el progenitor menor (264 quater del código civil que establece que se requiere consentimiento expreso de ambos padres para, entre otros supuestos, autorizarlo a salir de la República. En todos los casos si uno de los padres no diere su consentimiento o mediara imposibilidad para prestarlo, resolverá el juez lo que convenga al interés familiar).


3) Para la salida de un menor del país cuando uno de sus progenitores sea mayor de edad, y quien viaje con el menor sea el progenitor menor, se requerirá la autorización de viaje otorgada por el progenitor mayor de edad y la pertinente autorización judicial, para suplir la imposibilidad en que se encuentra el progenitor menor.


4) Para la salida del país de un menor, cuando solo uno de ellos sea mayor de edad y quien viaje con el menor sea un tercero, se requerirá la autorización del progenitor mayor de edad y la autorización judicial para suplir la incapacidad del progenitor menor.

SIN PERJUCIO DE LO EXPUESTO SE RECUERDA QUE SI LOS PROGENITORES MENORES DE EDAD SE CASARAN QUEDAN AUTOMATICAMENTE EMANCIPADOS CIVILMENTE, POR LO QUE TIENEN PLENA CAPACIDAD PARA AUTORIZAR A SU HIJO MENOR DE EDAD A SALIR DEL PAÍS.

 

DOCUMENTOS DE VIAJE DEL MERCOSUR

Documentos de viaje de los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados- MERCOSUR/CMC/Decisión Nº 18/08

Anexo
Documentos de Viaje de los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados

Los titulares de los documentos de viaje que a continuación se enumeran podrán cruzar las fronteras entre los Estados Parte o Asociados del MERCOSUR portando alguno de dichos documentos, salvo que, conforme la nacionalidad que esas personas posean, la visa sea un requisito necesario para ingresar al país de destino.






NOTAS:

La República Bolivariana de Venezuela se encuentra, por el momento, aplicando la norma únicamente con la República Argentina.

La República Federativa del Brasil aplica la norma para con todos los Estados Signatarios excepto con la República Bolivariana de Venezuela, en base a principios de reciprocidad.


PARA MAYOR INFORMACIÓN INGRESAR EN 
www.migraciones.gov.ar  

Para obtener el NUEVO DNI ingresar en www.mininterior.gov.ar/tramites/dni/tramDNIRenaper.php?idName=tram&idNameSubMenu=tramDNI&idNameSubMenuDer=tramDNIRenaper

Policia Federal http://www.policiafederal.gov.ar/

 

 

Datos

 


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